top of page

Jornada Internacional

Fundamentos para un diálogo abiert
sobre Derecho comparado: México - España

5 - 6  junio  2023

Logo Anáhuac.png
Logo UFV con letras.png

Retos del Derecho de Familia en España

Dra. María Goñi Rodríguez de Almeida

La familia ha pasado de considerarse como el núcleo, la célula básica de la sociedad en torno a la cual se estructuraba el Estado y la sociedad (bisagra entre individuos y Estado, estadio intermedio entre ellos) a ser el entorno natural en el que el individuo crece y desarrolla sus capacidades. Se pasa de ser una institución colectiva, considerada en abstracción de los miembros que la componen, a ser la suma de individuos particulares. El paso de lo colectivo al individuo.

Esto ha conducido al predominio de los principios de la autonomía de la voluntad, de la libertad y el libre desarrollo de la personalidad individual en el Derecho de familia, produciéndose un tránsito en las normas de protección de la familia, desde el derecho -casi público- al derecho privado más significativo.

Se ha puesto en el centro la libre voluntad del individuo que prevalece sobre otros factores sociales o públicos a la hora de configurar nuevos derechos derivados de nuevas realidades que afectan a la esfera más personal del ser humano. De tal forma que es la voluntad individual la que hoy rige:

a) El matrimonio y divorcio: El matrimonio ha perdido su función de pilar social y se ve casi como un derecho subjetivo, que depende exclusivamente de la voluntad manifestada por el contrayente, sin otro motivo o causa que querer contraerlo, como expresión de su personalidad.

b) La filiación: en los casos de filiación de dos madres, la voluntad, el querer ser madre, se impone como título determinante de la filiación alterando todo nuestro sistema de filiación basado en la verdad biológica.

c) El cambio de sexo: se considera como un derecho de la personalidad; el derecho a libre determinación de la identidad sexual y expresión de género, que lleva a configurar la posibilidad de cambiar el sexo biológico para adecuarlo al sexo sentido o psicológico. Basta la voluntad para cambiar de sexo.

d)La maternidad subrogada: el deseo de ser padre se convierte en derecho, y se permite una paternidad a la carta.

e) La propia vida a través de la ley de la eutanasia. Surge el nuevo derecho a morir, basado en la voluntad y libertad individual. El bien mas absoluto se convierte en relativo y disponible.

 

Por otra parte, el Derecho de familia ha experimentado una modificación en cuanto al ámbito de la patria potestad, pues se está produciendo una disminución en el ámbito personal (los padres no pueden intervenir en las decisiones relativas a derechos de la personalidad, como el cambio de sexo, la posibilidad de abortar,), mientras que se amplía el ámbito patrimonial, debiendo mantener la obligación de alimentos y custodia (vivienda) mucho más allá de la mayoría de edad.

bottom of page